La equiparación de las uniones homosexuales al matrimonio provocaría una redefinición del matrimonio, un cambio importante en su concepto: esta antiquísima institución perdería su referencia actual con la heterosexualidad, la procreación y la educación de los hijos, en beneficio de una minoría y atentaría a los derechos adquiridos por los casados. CARLOS MOREDA DE LECEA, La Rioja Digital, 5 de julio de 2004.
LA RIOJA del 26 de mayo nos informó sobre el anunció del ministro de justicia de equiparar las uniones entre personas del mismo sexo con el matrimonio. Aparentemente, esta disposición se limita a legalizar una realidad minoritaria que no implica una injusticia hacia nadie. Sin embargo, conviene señalar que no todas las relaciones entre personas tienen el mismo efecto social, pues reciben distinta valoración la conducta homosexual privada que la pública legalmente aprobada. En el segundo caso se produce un impacto en la organización social sobre el cual desearía reflexionar.
Sabemos como las leyes civiles estructuran la vida del hombre en la sociedad, determinando una mentalidad y unas costumbres. Por otra parte, las instituciones jurídicas se caracterizan por su permanencia y por estar por encima de los intereses individuales. En esa permanencia radica la seguridad jurídica, principio básico de todo Derecho
La equiparación de las uniones homosexuales al matrimonio provocaría una redefinición del matrimonio, un cambio importante en su concepto: esta antiquísima institución perdería su referencia actual con la heterosexualidad, la procreación y la educación de los hijos, en beneficio de una minoría y atentaría a los derechos adquiridos por los casados.
La sociedad debe su supervivencia a la familia fundada sobre el matrimonio. Por ello, los poderes públicos protegen legalmente la unión matrimonial, base de la familia y célula primera de la sociedad. Equiparar las uniones homosexuales al matrimonio supondría presentar estas uniones como un modelo para la sociedad actual y transmitir a las generaciones futuras una concepción equívoca de la sexualidad y del matrimonio, con lo que el Estado se contradice en su deber de salvaguardar el bien común.
El matrimonio contiene el orden más adecuado para la generación y educación de los hijos en las mejores condiciones posibles; por ello, posee un evidente interés público, produce unos claros beneficios sociales y el derecho le confiere una protección. Como las uniones homosexuales no responden a esas expectativas para el bien común, parece lógico que no tengan un ordenamiento jurídico similar.
Por el contrario, se apuntan razones para suponer que las uniones homosexuales no son inocuas para el lógico desarrollo de la sociedad humana, sobre todo si aumentase su incidencia efectiva en la vida social (nadie duda que las prácticas homosexuales se alejan del sentido propio de la sexualidad humana). De aquí que el Estado no deba difundir el fenómeno, aunque puede mostrar tolerancia dentro de una ecología social.
No supone agravio alguno negar el status jurídico y social de matrimonio a formas de vida que no son matrimoniales, sino que, al contrario, tal negativa es requerida por la justicia. Si una relación no es matrimonial a nadie se discrimina cuando el derecho no contempla su relación como matrimonio. Admitir una equiparación de ese estilo discriminaría al matrimonio, del mismo modo que se discriminaría el vino de La Rioja si se llamara y vendiera como tal cualquier bebida alcohólica.
Si existe la suficiente demanda social las parejas homosexuales pueden recurrir al derecho común para legalizar su situación; por tanto, existiendo otras posibilidades de protección jurídica, no parece justo sacrificar el bien común y el derecho de la familia para obtener bienes que pueden ser garantizados sin perjudicar a la mayoría social.
Puestos a equiparar ¿Quién marca los límites? ¿Por qué han de ser parejas y no unidades de tres o más personas? ¿Por qué han de basarse en vínculos sexuales y no en la simple convivencia de dos hermanos o de unos amigos que viven juntos durante un tiempo? Estas preguntas esbozan la distorsión social que, con el paso del tiempo, puede originar la disposición anunciada por el ministro de justicia.
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