Principios para la Ley Integral de Apoyo a la Familia

Una buena Ley Integral de Apoyo a la Familia debe regirse por una serie de principios:

Principio de la libertad. Debe reconocer siempre la libertad de organización de la vida familiar y de la convivencia en el respeto a la dignidad y los derechos esenciales de las personas. Por tanto, deberá garantizar que las familias puedan desarrollar su proyecto familiar proporcionándoles los medios necesarios, eliminando obstáculos que puedan impedir, coartar u obstaculizar tal desarrollo.

Principio de igualdad. Debe reconocer y respetar la igual dignidad de hombre y mujeres, la igualdad de sus derechos y su corresponsabilidad en la vida familiar.

Principio de responsabilidad pública. Debe garantizar la protección integral de la familia y dispensar la atención específica a las familias definidas como de especial consideración.

Principio de transversalidad. Debe abarcar todos los ámbitos en los que se desarrolla la vida y actividad de la familia.

Principio de participación. Debe fomentar la participación de las familias en el diseño y desarrollo de las políticas que les afecten, a través de asociaciones familiares y de otras organizaciones representativas reconocidas legalmente.

Principio de cooperación. Debe procurar la integración de recursos en el diseño y desarrollo de las políticas familiares fomentando la colaboración pública y privada.

Principio de proximidad. Debe facilitar la máxima accesibilidad y cercanía al ciudadano de los recursos de atención y apoyo a la familia teniendo en cuenta la organización territorial.

Principio de continuidad. Debe garantizar la continuidad y estabilidad de las políticas familiares, procurando que su diseño y desarrollo se lleve a cabo con el máximo consenso político y social alcanzable.

Principio de generalidad. La Ley debe tener como finalidad básica la protección de todas las familias sin perjuicio del desarrollo de actuaciones dirigidas a resolver determinadas necesidades o situaciones que precisen de un apoyo más específico.

Principio de subsidiariedad. Debe ser primordial el subvenir a las necesidades de las familias que no puedan ser resueltas por ellas mismas.

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